PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACION DE ANDALUCÍA CONVOCATORIA 2018

el .

PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACION DE ANDALUCÍA

CONVOCATORIA 2018

Comienza una nueva edición del Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía correspondiente al año 2.017 del Ayuntamiento de Fuengirola.

Se trata de un programa financiado por la Junta de Andalucía que tiene por objeto favorecer la inclusión social a través de la realización de contrataciones a personas en situación de exclusión o en riesgo de estarlo.

Los destinatarios son personas empadronadas en Fuengirola en edad laboral que cumplan los siguientes requisitos.

Requisitos mínimos del solicitante:

-      Estar empadronado en Fuengirola

-          Estar en edad laboral (mayor de 16 años)

-      Estar de alta como demandante empleo en el SAE

 

-          No haber trabajado más de 90 días en el año anterior a la solicitud

 

 

Requisitos mínimos del solicitante:

-      Estar empadronado en Fuengirola

-          Estar en edad laboral (mayor de 16 años)

-      Estar de alta como demandante empleo en el SAE

-          No haber trabajado más de 90 días en el año anterior a la solicitud

Requisitos mínimos de la unidad familiar:

-      Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la comunidad autónoma de Andalucía, un año antes de la presentación de la solicitud. (con la excepción de menores nacidos, adoptados o acogidos con posterioridad a esa fecha, víctimas de violencia de género y andaluces retornados)

-          Los ingresos percibidos (de cualquier naturaleza)  por todos los miembros de la unidad familiar durante los seis meses anteriores a la solicitud sean:

- Unidad familiar 1 miembro: (inferior a 3.227,04€)

- Unidad familiar 2 miembros: (inferior a 4.195,14€)

- Unidad familiar 3 miembros: (inferior a 4.840,56 €)

- Unidad familiar 4 miembros o más: (inferior a 5.485,98 €)

 

(Se entiende por unidad familiar: La constituida por el solicitante y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente acreditada y los hijos e hijas de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, así como en su caso, personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar que residan en la misma vivienda)

 

 

Sólo se admitirá una solicitud por Unidad Familiar, excepto  los casos contemplados en el art. 17 del Decreto-ley 8/2014 de 10 de junio de la Junta de Andalucía. 

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 15 al 26 de enero de 2018, ambos inclusive, entregándose junto con toda la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento de Fuengirola o en la Tenencia Alcaldía de Los Boliches.

 

Orden de prioridades

 

      1.            Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros, no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de solicitud.

      2.            Que la persona solicitante o alguno de las que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género, en ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer.

      3.            Que alguno de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia.

      4.            Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo.

      5.            Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.

      6.            Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.

      7.            Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos menores a cargo.

      8.            Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de transformación Social.

      9.            Que la persona solicitante sea mujer.

  10.            Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta años.

  Descarga decreto aquí 

 Descarga Anexo I aquí

 Descarga Anexo II Declaración Jurada - aquí

 Descarga Anexo III - Solicitud Autorización acceso  aquí